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jueves, 20 de enero de 2011

CREACIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA


Creación de sociedades mercantiles en Venezuela

Una sociedad es un contrato realizado entre dos o más personas para constituir o crear un vínculo jurídico. Dicho contrato de ser bilateral, es decir que genere a sus participantes derechos y obligaciones entre ellos. Las personas que contratan dar una aporte ya sea otorgando la propiedad de ciertos bienes u otorgando uso de ciertos activos o con la sesión de su propio negocio o industria, con el fin de conseguir un objetivo que es el mismo entre todos los participantes de la sociedad (esto según lo establecido en el código de civil) . 

   
CLASIFICACION DE LAS SOCIEDADES

Las sociedades se clasifican de acuerdo a las actividades que ellas realicen para lograr el objetivo por el cual fueron creadas, de esta manera se pueden clasificar en: civiles, mercantiles, y un caso muy en particular que son las cooperativas que desde me criterio debería ser considerada como una sociedad civil o de personas.


SOCIEDAD CIVIL O DE PERSONAS: Tiene por objeto actos civiles, o un fin económico común de carácter civil. en estas sociedades los socios no son responsables solidaros de las deudas sociales, sino por una cantidad equivalente a la división de las mismas entre numero socios, aunque la participación de algunos de sus integrantes en la sociedad inferior a la de otros.
Esta norma no rige: a) Para las sociedades que son de naturaleza civil por disposición de leyes especiales, como sucede con las sociedades mineras, que son de naturaleza civil por disposición de la Ley de Minas, aun cuando deben constituirse en la forma establecida por el Código de Comercio. b) Para las sociedades que se dedican exclusivamente a la explotación agrícola o pecuaria.


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COOPERATIVAS: Son una especie de sociedad que legalmente nos e consideran civil ni mercantil (aunque bajo mi criterio personal debería ser considerada una de tipo civil) ellas se rigen por una ley especial. Su fin teóricamente debería ser el de obtener el mejoramiento social y económico de los asociados fin que tratan de mediante la acción conjunta de los socios (al igual que las sociedades civiles) en la realización de una obra colectiva.

SOCIEDADES MERCANTILES: El artículo 200 del código de comercio las define como aquellas sociedades que tienen por objeto uno o más actos de comercio. Estas se dividen en: Sociedades en Nombre Colectivo, Sociedades en Comandita Simple y Comandita en Acciones, Sociedades de Responsabilidad Limitada y las más comunes actualmente las Sociedades Anónimas. Cada una tiene sus particularidades contenidas en el Código de Comercio.

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CONSTITUCIÓN DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES


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Actualmente para constituir una empresa, las figuras jurídicas más usadas son las sociedades anónimas y las cooperativas, estas últimas por los esfuerzos gubernamentales para desarrollar este tipo de sociedades y las facilidades crediticias que se les están otorgando a las mismas.

En ambos casos, los pasos y las obligaciones legales que se deben llevar a cabo para su constitución, reconocimiento legal y para su puesta en marcha, son muy similares y se podían resumir así:

1.- El primer paso formal para constituir una empresa consiste realizar la Reserva del nombre; para ello los socios deben dirigirse al registro mercantil y en el deberán: Comprar y llenar una ficha, en la cual se debe indicar la denominación solicitada. Cancelar la tarifa correspondiente a la reserva del nombre que es la equivalente a 18.800 Bs. Una vez reservado el nombre, deberán esperar tres días hábiles mientras se averiguar si el mismo está libre o ya está siendo utilizado por otra sociedad. En el caso de estar ya en uso, el solicitante deberá buscar otro nombre y llenar nuevamente esta ficha; así mismo deberá esperar tres días hábiles para tener una respuesta. Si el nombre está libre se deberá cancelar por caja el costo del registro, para luego hacer la debida presentación del acta constitutiva.

2.- Redactar el acta constitutiva, esto previa la elaboración de los estatutos por parte de los miembros de la organización. Una vez redactada el acta constitutiva y antes de su la presentación ante el registro, se debe aperturar una cuenta bancaria a nombre de la empresa, en esta cuenta que es provisional, se depositará el aporte hecho en efectivo por cada uno de los accionistas y depende del tipo de sociedad que se esté creando.
3.- El abogado debe visar el documento constitutivo de la empresa, en el colegio de abogados correspondiente en este documento debe quedar claro quién será la persona encargada de ejercer las funciones del comisario, el cual obligatoriamente deberá ser un profesional graduado en las carreras de administración, contaduría o economía, este puede ser socio o no de la organización.
4.- El abogado junto a los socios deben llevar el acta constitutiva al Registro mercantil para su presentación legal. Además del acta deberán presentar los siguientes requisitos: 1. Fotocopia de la cédula de identidad de cada uno de los socios o accionistas. 2. Balance mobiliario (balance inicial o de apertura), firmado por un contador público o administrador y visado por el respectivo colegio. 3. Carta de aceptación del cargo de comisario. 4. Autorización de los cónyuges de los accionistas. 5. Si hay aportes de bienes inmuebles, vehículo o maquinaria pesada, copia del título de propiedad. 6. Comprobante bancario, en el que consten los aportes en efectivo hechos por cada uno de los socios.
Una vez inscrita la empresa en el registro mercantil, los propietarios están en la obligación de publicar el documento constitutivo de la misma, en un diario de circulación nacional, esta es otra de las obligaciones iniciales de todo comerciante, está publicación deberá hacerse dentro de los primeros quince días hábiles.
7.- Adquirir los libros de contabilidad obligatorios establecidos en el Código de comercio y llevarlos al Registro Mercantil junto a un documento en el cual se solicite el sellado de estos, para poder hacer uso de ellos. Los libros serán entregados a los tres días hábiles de su entrega en el registro. Por este concepto se deberán cancelar 11.000 bolívares por cada uno de los libros. Luego se deberán realizar los respectivos asientos de apertura, esto a manos de un contador público.
8.- Solicitar ante las oficinas del SENIAT o a través de la página Web
http://www.seniat.gov.ve/, del registro de identificación fiscal,
8.- Inscribir a la empresa y a sus trabajadores en el Instituto Venezolano de Seguros Sociales. Para ello los socios deberán solicitar ante las oficinas del IVSS los siguientes formatos: (
14-01) y el (14-02), estos formatos también están disponibles en la página Web http://www.ivss.gov.ve/.La planilla denominada forma (14-01), se utiliza para inscribir a la empresa ante este instituto, esta inscripción se deberá realizar dentro de los tres días siguientes al inicio de actividades. Esta forma (14-01), deberá ser llenada en original y dos copias y a ello se le deberá anexar:1. Fotocopia de registro mercantil.2. Fotocopia de RIF. 3. Fotocopia de la factura telefónica y/o electricidad de la empresa.4. Copia de documento de propiedad o arrendamiento del inmueble.5. Última declaración del Impuesto Sobre la Renta (mínimo 3 años).6. Copia de la Cédula de identidad del Representante legal.7. Solvencia del Seguro Social (si la empresa tiene más de un año inscrita en el Registro Mercantil)La planilla denominada registro de asegurado, forma (14-02), es utilizada para registrar ante esta institución a cada uno de los empleados de la empresa, así como a sus familiares que estén calificados, conforme a la ley de Seguro Social. La afiliación la debe realizar el patrono dentro de los 3 días siguientes desde que un trabajador comienza su relación laboral.
Este formulario deberá presentarse ante la oficina administrativa correspondiente en dos (2) ejemplares, con copia de la cédula de identidad y la forma 14-01. Además se debe anexar una copia de los siguientes documentos: 1. Fotocopia de la Cédula de identidad del trabajador a afiliar. 2. Constancia de trabajo firmada por el patrono. 3. Copia de la cédula del patrono.
10. -Solicitar el permiso de funcionamiento ante la Alcaldía del municipio donde esté ubicada la empresa.


3 comentarios:

  1. Excelente.!
    Mucha ayuda para aquellos que están interesados; Gracias.!

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  2. Hola buen material, para conformar un escritorio jurídico que pasos seguir, es de un solo abogado.

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  3. Hola buen material, para conformar un escritorio jurídico que pasos seguir, es de un solo abogado.

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